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Ley Ómnibus: los cambios en el área energética que quedaron en el camino

El proyecto de Ley Ómnibus establecía modificaciones en la prioridad del autoabastecimiento interno en hidrocarburos, prórroga de concesiones, normativa de biocombustibles y en materia tarifaria, entre otras. En esta nota, todos los temas que quería modificar el gobierno en el sector energético y finalmente cayeron con el proyecto.

El proyecto de Ley Ómnibus que impulsó el gobierno de Javier Milei en el Congreso finalmente volvió a comisión en el tratamiento legislativo. Si bien fue aprobada en general, ahora el texto retornó a foja cero. El articulado tenía una seria de regulaciones y modificaciones para el sector energético que, ahora, quedaron en el camino. Ahora, con la caída del proyecto, queda fuera de juego, al menos por ahora, el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), clave para el proyecto de Gas Natural Licuado (GNL) que impulsa YPF junto con la malaya Petronas. De este modo, por ahora el gobierno no podrá avanzar en modificaciones sobre hidrocarburos, privatizaciones, biocombustibles, emergencia tarifaria, entre otras.


Hidrocarburos

La Ley Ómnibus establecía una serie de 40 modificaciones sobre la normativa 17.319 que regula el sector de petróleo y gas desde 1967. Una de las principales modificaciones era el artículo 6, que cambiaba el histórico principio de autoabastecimiento que reguló la comercialización de hidrocarburos durante la última seis décadas.

Era un punto de quiebre en el paradigma de la regulación petrolera en la Argentina, dado que jerarquizaba la exportación de petróleo y gas como uno de los grandes objetivos de la política petrolera del Estado. La modificación de ese artículo incluso había generado una fuerte discusión interna en el seno de la industria, dado que no existió consenso entre las principales petroleras a la hora de ajustar la letra chica de ese artículo. Finalmente, la última versión del proyecto de Ley establecía que “los permisionarios, concesionarios, refinadores y/o comercializadores podrían exportar hidrocarburos y/o sus derivados libremente, y sujeta a la no objeción de la Secretaría de Energía”, un texto que que más allá de los bemoles contaba con el beneplácito de los privados. Sin embargo, con la Ley Ómnibus fuera de la agenda del Congreso, se perdió la posibilidad de modificar la redacción original del artículo 6 de la Ley 17.319 que durante los últimos 20 años fue utilizado como una herramienta discrecional para intervenir sobre los precios del petróleo en el mercado interno, ralentizando la señal de inversión en los yacimientos argentinos.


Concesiones petroleras

El sector de hidrocarburos iba a sufrir con la ley ómnibus una modificación clave que tenía que ver con las concesiones. En la primera versión de la Ley Ómnibus, el artículo 35 de la Ley 17.319 se eliminaba la posibilidad de otorgamiento de prórrogas por 10 años para los titulares de las concesiones petroleras.

La incorporación del artículo 47 bis impulsaba a no otorgar prórrogas y las provincias petroleras iban a tener que realizar licitaciones. Este artículo generó críticas del sector ya que muchas licitaciones vencen entre 2025 y 2027, por ejemplo, en Río Negro, que vencen 33 concesiones. Finalmente, en la última versión que obtuvo dictamen se había reestablecido que las petroleras puedan acceder a las prórrogas por 10 años de las concesiones vigentes.


Grandes Inversiones

Con la caída del megaproyecto de ley también quedó afuera el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI). El artículo 338 del texto señalaba que “se otorgará a los titulares y/u operadores de grandes inversiones en proyectos nuevos o ampliaciones de existentes que adhieran, los incentivos, la certidumbre, la seguridad jurídica y la protección eficientes de los derechos adquiridos a su amparo”.

La normativa era clave para que avancen grandes proyectos como los de Gas Natural Licuado (GNL), como tiene diseñado YPF con la malaya Petronas. Pero también es estratégico para destrabar la inversión en grandes proyectos de infraestructura hidrocarburífera como una planta de separación —una especie de Mega II— para aprovechar los líquidos que contiene el gas húmedo de Vaca Muerta que está en carpeta de grandes empresas como Tecpetrol, Pluspetrol y TGS. El RIGI estaba pensado también como una herramienta para poder destrabar la concreción de megaproyectos de cobre en la Precordillera de los Andres, que requieren de una inversión intensiva de capital. La materialización de alguna de esas iniciativas que hoy están en etapa de factibilidad —como Altar, Los Azules, José María, Taca Taca o Agua Rica, entre otros— es tal vez la principal apuesta de gestión de la secretaria de Energía, Flavia Royón.


Biocombustibles

El proyecto de ley del gobierno había logrado que las pymes productoras de biodiesel y bioetanol se pongan de acuerdo -a priori, dos sectores con intereses encontrados- para criticar la normativa. La Sección IV – Ley N° 27.640 del proyecto ómnibus establecía nueve modificaciones al sector de biocombustibles, fuertemente regulado.

Los bios terminaron siendo un tema relevante en la caída de la ley porque requería de los votos de legisladores de Santa Fe y Córdoba, dos provincias centrales porque producen biodiesel y bioetanol maicero. Finalmente, varios diputados de las provincias productoras (también se incluye a Entre Ríos, Buenos Aires, San Luis, Tucumán, Salta) no dieron apoyo al proyecto.

Entre otras modificaciones, el proyecto del gobierno excluía por un período extenso el ingreso de las petroleras a producir bios y las pymes se oponían porque permitía el ingreso de las grandes cerealeras al mercado local, hoy vedado por la normativa desde 2006. Además, establecía nuevos parámetros en el otorgamiento de cupos para cubrir la demanda local y fijaba un cronograma para incrementar el porcentaje de mezcla del bioetanol con las naftas (hoy en 12% pero ascendía hasta llegar a 27%) y biodiesel con el gasoil (hoy en 7,5% y previsto en el proyecto hasta 15% en el año 2028).


Privatizaciones

El Capítulo II, en el artículo 7, el gobierno pretendía habilitar la venta total o parcial de empresas públicas. Si bien en un principio YPF encabezaba el listado de firmas “sujetas a privatización”, luego la compañía se sacó del listado, que comenzó con 41 empresas a 16 en la última versión del proyecto. De esas 16, las vinculadas al sector energético terminaron siendo Enarsa y Yacimientos Carboníferos de Río Turbio (YCRT), mientras que Nucleoeléctrica Argentina (opera las tres centrales nucleares del país) quedó en el listado de empresas sujetas a privatización parcial y con mayoría accionaria estatal.

Con la caída de la Ley Ómnibus también quedó trunca la transferencia del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) al Tesoro, que implicaba la venta de las acciones que el Estado tiene en distintas empresas, muchas del sector energético.


Emergencia tarifaria, Zona Fría y entes reguladores

El proyecto proponía en el artículo 1 declarar la emergencia en materia tarifaria y energética (entre otros sectores) hasta el 31 de diciembre de 2024, con posibilidad de prórroga de un año más. El artículo 3 contenía la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo en las materias declaradas en emergencia.

Si bien en la última versión con dictamen no estaba contemplado, el original de la Ley Ómnibus preveía el fin del régimen de Zona Fría y Zona Patagónica para el gas, el plan de subsidios por factores climáticos que, con la ampliación de 2021, abarcaba a casi la mitad de los usuarios del país. Además, se cayó la Sección V, artículo 196, que establecía la unificación de los entes reguladores Enargas y Enre en un solo organismo que se iba a llamar “Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad”.

La Ley Ómnibus contemplaba también modificaciones en el marco regulatorio del gas, energía eléctrica, la legislación ambiental referida a la Ley de Hidrocarburos 27.007 (2014) y sobre la transición energética en cuanto a la asignación de derechos de emisión de Gases de Efecto Invernadero (GEI).

Por Roberto Bellato

EconoJournal

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