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Preocupación entre refinadoras por un artículo de la ley de Hidrocarburos

La norma, que autoriza a no pagar impuestos a las firmas que puedan demostrar una situación de quebranto o pérdida. Consideran que está pensada para favorecer casi exclusivamente a YPF.

El proyecto de ley de Hidrocarburos, que todavía no fue presentado oficialmente, contempla en su Título VII un Régimen especial de cancelación para grandes inversores hidrocarburíferos que genera preocupación entre varias refinadora. La norma, que autoriza a no pagar impuestos a las firmas que puedan demostrar una situación de quebranto o pérdida, está pensada para favorecer casi exclusivamente a YPF y el temor de sus competidores es que esa concesión le permita al gobierno utilizar a la petrolera de bandera como herramienta para postergar el aumento de precio de los combustibles más allá de fin de año.

El acuerdo implícito que cerró YPF con el gobierno en marzo contempló un ajuste de precios del 15 por ciento y un posterior congelamiento. Al menos hasta después de las elecciones de noviembre. En un escenario de inflación mensual del 3% esa situación va generando un atraso de precios que en algún momento debería corregirse.

Por ahora el tema precios de combustibles no está en la agenda oficial, pero después de las elecciones tampoco va a ser fácil darle luz verde a un aumento ya que la inflación sigue sin dar tregua, pese al congelamiento de los precios regulados y la estabilidad del dólar oficial.

Por lo tanto, se podría negociar con YPF para que aumente sus precios por debajo de sus requerimientos autorizándola, como compensación, a no pagar ciertos impuestos. De este modo, el aumento en el surtidor podría terminar siendo menor al esperado. Incluso en un escenario de aceleración del dólar oficial como el que se prevé para luego de las elecciones.  

El problema es que YPF pareciera ser la única petrolera en condiciones de calificar para ese beneficio impositivo, pero al tener el 55% del mercado de ventas de combustibles el precio que le pone a sus combustibles opera como un techo para el conjunto del mercado. Si en ese contexto, alguna firma decidiera poner un precio en el surtidor muy por encima de YPF, automáticamente perdería mercado.


Qué dice el proyecto

El artículo 75 del proyecto oficial, que Economía giró a la Secretaría Legal y Técnica de Presidencia la semana pasada, señala que los sujetos alcanzados por este régimen “podrán cancelar sus obligaciones tributarias correspondientes al Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono (…) con un crédito fiscal correspondiente al monto de las pérdidas netas de todas sus actividades, acumuladas, no absorbidas, y que resulten compensables a la fecha de sanción de la presente Ley”.

Aquellas empresas en condiciones de demostrar una situación de quebranto se las autoriza a no pagar el ICL y el Impuesto al Dióxido de Carbono.

La norma está redactada a la medida de YPF porque el artículo 73 aclara que solo podrán acceder a este régimen especial de quebrantos las empresas que “hayan invertido en el bienio 2019-2020 más de mil millones de dólares estadounidenses (USD 1.000.000.000) cada año, (…) exclusivamente en los casos en que sean empresas que refinen, produzcan, elaboren, fabriquen y/u obtengan combustibles líquidos y/u otros derivados de hidrocarburos en todas sus formas, directamente o a través de terceros”.

Al poner el piso de 1000 millones de dólares de inversión anual, la lista de potenciales beneficiarios se reduce casi exclusivamente a YPF. Tal vez PAE también supere los 1000 millones de inversión. Pero en el segmento de refinación y venta de combustible opera con otra sociedad denominada Axion. Habría que ver si la consideran como grupo económico o se la deja afuera por no ser una misma empresa la que produce y refina.

Por Fernando Krakowiak

EconoJournal

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