Biocombustibles

Los biocombustibles y la eterna calesita argentina

La industria tiene la imperiosa necesidad de publicación de un precio de venta que permita poder operar y poner en funcionamiento nuevamente a la industria.

En Argentina estamos acostumbrados a los constantes cambios súbitos de políticas conforme los gobiernos de turno: modelos económicos, políticos, sociales, industriales, migran de un lado a otro sin importar el impacto ni el costo que pueda tener en el desarrollo del país. Pareciera que la imprevisión e incertidumbre son la regla, y lo peor, nos hemos acostumbrado a ello al punto tal de aceptarlo en nuestra vida diaria.

En el año 2006, se sanciona de forma unánime la Ley 26.093 que promociona un régimen para la producción y fomento de la industria pyme de biodiésel para la mezcla con los combustibles fósiles convencionales, energía renovable que por aquel entonces estaba en pleno desarrollo global.

A la par de la Argentina, muchos países en todo el mundo dictaron leyes con un impulso común: mitigar el impacto ambiental de los combustibles fósiles. La Ley 26.093 además de perseguir un obvio motivo medioambiental, buscó perfeccionar su aplicación con objetivos geopolíticos atípicos para normas de su estilo pero de alto impacto desarrollista: el fomento de las economías regionales, la descentralización de la región portuaria de la zona de Rosario, la generación de valor agregado en la cadena sojera y la industrialización de la ruralidad.

Este tipo de políticas, bien aplicadas, tocan de manera transversal los principales aspectos socio-económicos de un país: empleo, sustentabilidad, fomento de la industria pyme (de capital nacional), federalización, desarrollo económico. La legislación buscó crear un marco propicio para migrar de un modelo agroexportador primario, dejar de ser el tristemente célebre “granero del mundo”, para verdaderamente industrializar al campo.

Ahora bien, este objetivo geopolítico descentralizador acarrea un alto riesgo para el futuro productor, ya que radicarse en una zona remota significaría un importante costo adicional, principalmente de índole logístico. Para mitigar este aspecto, la legislación buscó dar previsibilidad implementando un mecanismo de determinación de precio de venta de biocombustible que se calcule periódicamente en función a la fluctuación de los costos (el 85% del costo de producción es el aceite de soja que se encuentra dolarizado).

Con la entrada en vigencia de la Ley en el año 2010 y, por tanto, la creación de un marco normativo que brinda seguridad jurídica propia de un Estado de Derecho, ocurre lo esperable, llega la inversión.

Se radican industrias pymes en zonas remotas donde nunca antes la hubo, se crean empleos calificados (10.000 entre directos y asociados directos) con igual o mejores condiciones que los grandes empleadores de las principales localidades argentinas, evitando así migraciones laborales y familiares; se crean industrias, como la metalmecánica y las extrusoras regionales. Pueblos enteros se motorizan gracias a estas inversiones: hotelería, transporte, gastronomía se ponen en funcionamiento.

El concepto de “desarrollo de la economía regional”, que tanto escuchamos hablar en las campañas políticas, acá se materializa y se hace palpable. La Argentina rápidamente se coloca a la vanguardia internacional de los biocombustibles en términos de eficiencia, competitividad y capacidad.

La ilusión duró poco, en el año 2012 la industria sufrió su primer revés con el congelamiento del precio de venta. Esta política se aplicó y aplica, incluso hasta el día de hoy, de manera discrecional e imprevista, lo que no hace más que profundizar la crisis. La última publicación de precio conforme fórmula fue en diciembre de 2019.

Recordemos que el productor de biodiésel opera en un contexto de precio de compra de insumos dolarizados y precio de venta pesificado y diferido entre 45 y 60 días. La sola variación del dólar durante ese período hace insostenible la operación. Si a ello le adicionamos aumentos sostenidos de todos los insumos, principalmente del aceite de soja que es el de mayor impacto, la industria no puede subsistir.

Sumado a ello, la industria debe lidiar con las iniciativas políticas de la autoridad de turno, cada uno con sus propios objetivos y prioridades y con una apreciación discrecional de la obligatoriedad de la ley.

Esta aplicación errática llevó a que muchas plantas dejen de operar, y con ello la directa pérdida de empleo. En la actualidad la industria se encuentra atravesando su peor crisis, casi un año sin precio de fórmula y todas las plantas paradas hace más de 4 meses. El productor pyme no tiene la capacidad económico-financiera para soportar esta falta de ejecución política.

Cualquier voz que critique a los biocombustibles sin considerar los aspectos aquí mencionados carece de objetividad, sobre todo si dicha crítica es en favor de la industria de combustible fósil que en parte es importado.

Hoy la industria tiene dos desafíos de corto y mediano plazo. De corto, la imperiosa necesidad de publicación de un precio de venta que permita poder operar y poner en funcionamiento nuevamente a la industria.

De mediano, la Ley 26.093 caduca en mayo 2021, y con ella todo el círculo virtuoso que generó. El Senado aprobó recientemente de forma unánime la prórroga por 4 años, dicho proyecto va a ser tratado en breve por la Cámara baja. Hoy, el legislador se encuentra ante una decisión trascendental, continuar el modelo energético de desarrollo transversal promulgado en el 2006 o volver al tradicional modelo concentrado.

Las pymes sin esta Ley dejan de existir al día siguiente, nacieron y subsisten por y para ella. Una Ley sin precio que permita operar es letra muerta; un precio sin ley, es imprevisibilidad e inseguridad jurídica. Lo que está en juego, es la continuidad de un modelo energético desarrollista o la eterna calesita argentina.

Director Ejecutivo de CEPREB (Cámara de Pymes productoras de Biodiésel), Abogado especializado en estructuración de proyectos de energías renovables.

Por Francisco Jáuregui
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